martes, 11 de junio de 2013

El sistema educativo nos impone creencias




Los ciudadanos egresados del sistema educativo de cada país disponemos de una única manera de interpretar, entender y reaccionar.

En otro artículo (1) les comento que no podemos ver aquello en lo que no creemos.

Quizá sería mejor decir que no podemos entender aquello en lo que no creemos.

Un relámpago y un trueno son entendidos de forma diferente por quienes tienen creencias diferentes.

— Unos podrán decir que están desvinculados entre sí porque ocurren en tiempos diferentes, (el relámpago se ve primero y al rato oímos el trueno porque, si bien ocurren en forma simultánea, los percibimos distanciados en el tiempo porque la velocidad de la luz es mayor que la velocidad del sonido);

— Otros podrán opinar que no tardará mucho en llover;

— Algunos rezarán y se encomendarán al dios del trueno y al dios del relámpago para que no los castiguen por los pecados cometidos;

— Esos estímulos visuales y auditivos pueden traer recuerdos de tormentas vividas en momentos significativos, quizá también estimulen alguna fantasía llena de luz, color y sonido.

Una de las funciones del sistema educativo por el que tenemos que pasar obligatoriamente al poco tiempo de nacer es instalar en nuestras mentes una cantidad de creencias a las que llamamos «conocimientos».

Según el Diccionario de la Real Academia Española, por «conocimiento» (2) debe entenderse «Entendimiento, inteligencia, razón natural».

Como en cada país se imparten conocimientos según un plan de estudios determinado por los gobernantes, los ciudadanos que pasan por el Sistema Educativo egresan con un conjunto de creencias (conocimientos) que los obligan a interpretar la realidad de una determinada manera y de ninguna otra forma.

Con este procedimiento los ciudadanos disponemos de una única manera de interpretar, entender y reaccionar. Así los gobernantes pueden prever qué entenderá cada uno de lo que se le exija, aconseje, recomiende.


(2) Definición de la palabra «conocimiento» según el D.R.A.E.
 
(Este es el Artículo Nº 1.925)

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