De una mujer impedida de
interrumpir su embarazo no deseado, ¿podemos esperar una ciudadana responsable
de algo?
Estamos en junio de 2013.
Uruguay.
Dentro de unos días tendremos el
derecho, pero no la obligación, de expresarnos electoralmente sobre si queremos
o no que se plebiscite la ley que autoriza a las mujeres embarazadas a que, por
su sola voluntad, se les practique un aborto.
Esta discusión existe en la
humanidad desde hace siglos, resuelta en muchos casos por la vía de los hechos
porque las mujeres que no desean ser madres buscan la manera que interrumpir el
embarazo, inclusive corriendo riesgo de vida.
Convengamos que todo embarazo
implica un cierto riesgo de muerte para la mujer. Por lo tanto ellas están
dotadas de la actitud necesaria para correr riesgos de vida en lo que a la
función reproductiva concierne.
La discusión sobre si la mujer
puede contar con el derecho a interrumpir un embarazo incluye la enunciación de
conceptos tan dramáticos como el de homicidio para referirnos al acto de
impedir el nacimiento.
Un debate, que quizá exista sin
que yo lo conozca refiere a qué implica para la humanidad que todos seamos
gestados y criados por una persona que no tiene el derecho a decidir sobre su
propio cuerpo.
Las preguntas podrían ser
formuladas en estos términos: «¿mi mamá se pertenece? ¿es dueña de ella
misma? ¿de quién es mi mamá? ¿está autorizada a ser responsable plenamente o
tiene la responsabilidad legalmente recortada? ¿soy el hijo de una mujer
responsable o de una persona parcialmente responsable?»
Los Estados paternalistas podrían considerar que cada limitación
autoritaria impuesta al ciudadano implica frenar su desarrollo emocional,
infantilizarlo, impedirle que se convierta en adulto responsable.
De una mujer impedida de ser responsable de su cuerpo, ¿podemos esperar
una ciudadana responsable de algo?
(Este es el Artículo Nº 1.926)
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