miércoles, 12 de junio de 2013

El derecho a interrumpir un embarazo


De una mujer impedida de interrumpir su embarazo no deseado, ¿podemos esperar una ciudadana responsable de algo?

Estamos en junio de 2013. Uruguay.

Dentro de unos días tendremos el derecho, pero no la obligación, de expresarnos electoralmente sobre si queremos o no que se plebiscite la ley que autoriza a las mujeres embarazadas a que, por su sola voluntad, se les practique un aborto.

Esta discusión existe en la humanidad desde hace siglos, resuelta en muchos casos por la vía de los hechos porque las mujeres que no desean ser madres buscan la manera que interrumpir el embarazo, inclusive corriendo riesgo de vida.

Convengamos que todo embarazo implica un cierto riesgo de muerte para la mujer. Por lo tanto ellas están dotadas de la actitud necesaria para correr riesgos de vida en lo que a la función reproductiva concierne.

La discusión sobre si la mujer puede contar con el derecho a interrumpir un embarazo incluye la enunciación de conceptos tan dramáticos como el de homicidio para referirnos al acto de impedir el nacimiento.

Un debate, que quizá exista sin que yo lo conozca refiere a qué implica para la humanidad que todos seamos gestados y criados por una persona que no tiene el derecho a decidir sobre su propio cuerpo.

Las preguntas podrían ser formuladas en estos términos: «¿mi mamá se pertenece? ¿es dueña de ella misma? ¿de quién es mi mamá? ¿está autorizada a ser responsable plenamente o tiene la responsabilidad legalmente recortada? ¿soy el hijo de una mujer responsable o de una persona parcialmente responsable?»

Los Estados paternalistas podrían considerar que cada limitación autoritaria impuesta al ciudadano implica frenar su desarrollo emocional, infantilizarlo, impedirle que se convierta en adulto responsable.

De una mujer impedida de ser responsable de su cuerpo, ¿podemos esperar una ciudadana responsable de algo?

(Este es el Artículo Nº 1.926)



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